Dirección de Tránsito y Transporte Público
La Dirección de Tránsito y Transporte Público es una unidad asesora y operativa que tiene por objeto servir a la comunidad en el otorgamiento de licencias de conducir, colocación y mantención de señalizaciones de tránsito, optimización de los recursos para la mejor utilización de las vías públicas y la seguridad de peatones, proponer las medidas conducentes a su mejoramiento y aplicar las normas de la Ley Nº 18.290, Ley de Tránsito, sus modificaciones posteriores y toda otra norma legal y reglamentaria, relacionadas con las materias de tránsito y transporte público.
Es también una unidad resolutiva en las materias que la ley entregue exclusivamente a su competencia y decisión.
Sus funciones, según Art. 26 del DFL 1 Orgánica Constitucional de Municipalidades, del Ministerio del Interior, se centran en:
1.- Otorgar y renovar licencias para conducir vehículos.
2.- Determinar el sentido de circulación de vehículos, en coordinación con los organismos de la administración del Estado competentes.
3.- Señalizar adecuadamente las vías públicas.
4.- Aplicar las normas generales sobre tránsito y transporte públicos en la comuna. En particular, deberá fiscalizar el cumplimiento de la Ley Nº 18.290, Ley de Tránsito, las ordenanzas locales y demás normas sobre tránsito público.
5.- Proponer al alcalde, para su dictación, ordenanzas o normas sobre circulación, detención, estacionamiento de vehículos y tránsito.
6.- Informar sobre la interferencia que puedan producir en el tránsito, los proyectos relacionados con el comercio en la vía pública, avisos publicitarios, instalaciones de quioscos u otras actividades que puedan afectar la circulación vehicular o peatonal.
7.- Cumplir las instrucciones técnicas que imparte el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones y otros organismos.
8.- Evaluar y proponer proyectos en materias de señalización, semaforización y vialidad urbana relativas al mejoramiento del diseño geométrico y operativo de vías y/o intersecciones.